ORDENANZA Nº 9010/2023
Artículo 1°.-Denominase a la calle 34 entre Ruta 41 y Avenida 40 con el nombre de “GOBERNADOR ALEJANDRO ARMENDARIZ”.-
Artículo 2º.– Coloquese la señalización correspondiente en la zona indicada.-
Artículo 3º.– Los gastos que demande la presente ordenanza se imputaran a la partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-
Artículo 4º.-Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-