ORDENANZA Nº 8967/2023
ARTÍCULO 1º. Apruebase el derecho de uso y ocupación gratuita en favor de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del inmueble cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción IX, Sección B, Manzana 62, Parcela 3, donde el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires construirá el Centro Comunitario de Salud Mental y Consumos Problematicos (CCSM), según el convenio suscripto entre el MINISTERIO DE SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y LA MUNICIPALIDAD DE MERCEDES.-
ARTÍCULO 2º. El plazo de cesión de uso del inmueble se otorga por el plazo desde la firma del presente Convenio hasta la recepcion provisoria de la obra.-
ARTÍCULO 3º. Comuniquese, registrese, dese al digesto general cumplido, archivese.-