ORDENANZA Nº 8927/2022
Artículo 1°.- Autorizase a los propietarios de las paradas de Taxis y Remises a un aumento de tarifas cuyos valores serán los siguientes:
- Hasta 1000 metros $ 350.-
- Costo de la ficha cada 100 metros (cien metros) y/o 30 segundos (treinta segundos), por reloj tarifario de $15 (quince).-
Artículo 2⁰.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-