Ref. a Exp. Nº1409/2022-DE;
De mi mayor consideración
Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Extraordinaria del día 13/04/2022, sobre tablas y por mayoría sancionó la siguiente:
ORDENANZA Nº 8779/2022
Artículo 1°.- La presente Ordenanza regirá el procedimiento a aplicar con respecto del inmueble a incorporarse al Programa Lotes con Servicios previstos en la Ley nº 14449 y su reglamentación aprobada por decreto nº 1062/13, cuya Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º.– Autorizase la afectación al Programa Lotes con Servicios del inmueble pertenecientes al dominio FIDEICOMISO denominado FONDO DE INTEGRACION SOCIO URBANA, creado mediante Decreto 819/2019; designado catastralmente como Circunscripción: 2 Sección B, Chacra 171 – Fracción 1, Parcela 11B.-
Artículo 3º.– Requiérase la intervención de la Subsecretaria Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires a fin de que se incorpore al Programa Lotes con Servicios el plano de mensura y subdivisión a confeccionarse respecto del inmueble referido up supra.-
Artículo 4º.– Declarase de Interés Social al proceso de escrituración del inmueble que se menciona en los artículos precedentes, requiriéndose la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio a favor de los adjudicatarios de acuerdo a lo que se estipule en los boletos respetivos.-
Artículo 5º.-Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las pertinente para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes.-
Artículo 6º.– Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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Saludo al señor intendente municipal, muy atentamente.