Ref. a Exp. N°1543/2020-DE;
De mi mayor consideración
Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes del día 2/07/2020 por mayoria sancionó la siguiente:
ORDENANZA Nº 8392/2020
ARTÍCULO 1º.-Modificase el Artículo 28º de la ordenanza Nº 8353/2019 – CAPITULO V – TASA POR INSPECCION DE SEGURIDAD E HIGIENE REGIMEN GENERAL, que quedara redactado de la siguiente manera: “el importe a abonar será el que resulte mayor entre la aplicación de la alícuota del 0,9%, 1,35%, 2,00% , 3.5% y 4%, sobre los ingresos Brutos, sin perjuicio de los descuentos aplicables, y los correspondientes mínimos según Nomenclador de Actividades Económicas del Anexo II”
ARTÍCULO 2º.- Modificase el ANEXO II –NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES ECONOMICAS en las actividades que abajo se detallan:
CODIGO DESCRIPCION ALICUOTA
65001 Servicios –Financieros 4,00%
67001 Servicios – Financieros Auxiliares 4,00%
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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Saludo al Señor Intendente Municipal, muy atentamente.