8157/2019

Ref. a Exp. N°1/19-HCD;

De mi mayor  consideración

Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Extraordinaria del día 22/02/19, por unanimidad sancionó la siguiente:

ORDENANZA Nº 8157/2019

ARTÍCULO.- Prohíbase en el Partido de Mercedes el juego de carnaval con agua no consentido, y todo acto o juego que pueda atentar contra la integridad física de las personas y/o sus bienes.-

ARTÍCULO 2º.- Entiéndase que existe “juego de carnaval no consentido”, cuando en forma manifiesta o evidente, una persona que se encuentra en la vía pública, no está participando de los juegos de carnaval.-

ARTICULO 3º.- Recomiéndese a la ciudadanía el disfrute y participación en las actividades programadas de Carnaval, siempre evitando producir daños personales y /o materiales.-

ARTICULO 4º.- La infracción a lo dispuesto en la presente ordenanza será sancionada en los términos del artículo 352 de  la Ordenanza 5650/03.-

ARTICULO 5º.- Derogase la Ordenanza Nº 79/1895.-

ARTICULO 6º.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido,       archívese.-

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Saludo al Señor Intendente Municipal,  muy atentamente.-