8121/2018

Ref. a Exp. Nº414/18-HCD

De mi mayor consideración

Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del día 22/10/18,  por unanimidad sancionó la siguiente:

ORDENANZA Nº 8121/2018

ARTÍCULO.- La presente ordenanza tiene por objeto la regulación y el control los de los operadores de AVUs en nuestra ciudad.-

ARTICULO 2º.-Son considerados Operadores quienes realicen actividades de manipulación y/o recolección y/o almacenamiento temporario y/o transporte y/o tratamiento y/o disposición final de aceite vegetal usado.-

ARTICULO 3º.-Crear el Registro de Recolectores y Operadores habilitados, que será reglamentado por el Departamento Ejecutivo Municipal.-

                            Se deberá acreditar:

  1. Datos de identificación, nombre completo, razón social, domicilio real y domicilio legal, nombre y apellido del director y/o representante legal, junto con la documentación que acredite tales datos, debidamente certificada.—
  2. Documentación que acredite el dominio y titularidad de los vehículos que conforman la flota destinada al transporte.-
  3. Características  del local de uso exclusivo destinado para almacenamiento de los residuos,  la higienización, el lavado y  la desinfección de los vehículos que deberá contar con las características que determine     la reglamentación de la presente.-
  4. Descripción de la operatoria de carga y descarga.-
  5. Método y capacidad de reciclado y tratamiento.-
  6. Método de control con monitoreo continuo.-
  7. Plan de contingencias y derivación en casos de fallas o suspensión del servicio.-
  8. Certificado de aptitud ambiental extendido por el Departamento de Ambiente de la Municipalidad de Mercedes u organismo que pudiese reemplazarlo.-

ARTICULO 4º.- El Operador, para lograr desarrollar sus actividades, deberá inscribirse en el Registro citado a los efectos de la obtención del Certificado Municipal. El mismo tendrá validez de un  (1) año, debiendo ser renovado a su vencimiento y a la autoridad de aplicación determinara los requerimientos a cumplir.-  

ARTÍCULO 5º.- Deberá otorgar un certificado de Disposición Final.-

ARTÍCULO 6º.- Deberá  cumplir con las normativas vigentes, tanto Nacional como Provincial.-

ARTICULO 7º.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido,       archívese.-                  

                                                                                    Saludo al Señor Intendente Municipal muy atentamente.