Ref. a Exp. N°5385/17–DE.-
De mi mayor consideración
Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del día 26/06/18, por unanimidad sancionó la siguiente:
ORDENANZA Nº 8041/2018
Artículo 1°.- La presente Ordenanza regirá el procedimiento a aplicar respecto de los inmuebles a incorporarse al programa Lotes con Servicios previstos en la Ley Nº 14.449 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1062/13, cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º.- Autorizase la afectación al programa Lotes con Servicios de los inmuebles pertenecientes al dominio de la Municipalidad de Mercedes, designados catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216AR, Parcela 5, Partida Inmobiliaria Nº 37472; Matricula 18326, Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 AS, Partida Inmobiliaria 37473, Matricula 18326, Circunscripción II, Sección C Chacra 216; Manzana 216 BF, Parcela 5; Partida Inmobiliaria Nº 37502; Matricula Nº 18326, Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 BG, Partida Inmobiliaria Nº 37503; Matricula Nº 18326; Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 BS, Parcela 5, Partida Inmobiliaria Nº 37518, Matricula Nº 18326; Circunscripción II, Sección C, Chacra 216; Manzana 216AR, Partida Inmobiliaria Nº 37519, Matricula Nº 18326 y Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 F, Parcela 5, Partida Inmobiliaria Nº 37471, Matricula Nº 18326.-
Artículo 3º.- Requiérase la intervención de la Subsecretaria Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires a fin de que incorpore al Programa Lotes con Servicios el plano de mensura y Subdivisión a confeccionarse respecto de los inmuebles designados catastralmente como : Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216AR, Parcela 5, Partida Inmobiliaria Nº 37472; Matricula 18326, Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 AS, Partida Inmobiliaria 37473, Matricula 18326, Circunscripción II, Sección C Chacra 216; Manzana 216 BF, Parcela 5; Partida Inmobiliaria Nº 37502; Matricula Nº 18326, Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 BG, Partida Inmobiliaria Nº 37503; Matricula Nº 18326; Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 BS, Parcela 5, Partida Inmobiliaria Nº 37518, Matricula Nº 18326; Circunscripción II, Sección C, Chacra 216; Manzana 216AR, Partida Inmobiliaria Nº 37519, Matricula Nº 18326 y Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 F, Parcela 5, Partida Inmobiliaria Nº 37471, Matricula Nº 18326.-
Artículo 4º.- Declarase de interés social al proceso de escrituración de los inmuebles que se mencionan en los artículos precedentes, requiriéndose la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de las escrituras traslativasde dominio a favor de los adjudicatarios de acuerdo a lo estipulado en el boleto de compraventa respetivos.-
Artículo 5º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones pertinentes para dar cumplimiento a la dispuesto en los artículos precedentes.-
Artículo 6º.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, Cumplido, archívese.-
Saludo al Señor Intendente Municipal, muy atentamente.