8040/2018

Ref. a Exp. 3621/18DE.-

De mi mayor  consideración

Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del día 11/06/18, sobre tablas y  por unanimidad  sancionó la siguiente:

ORDENANZA Nº 8040/2018

Artículo 1°.- Incorporase al Artículo  2 inciso a.2 de la Ordenanza Nº 2609/82 el sentido de doble circulación vehicular a la calle 42, siendo la mano Norte en dirección de arteria 15 a Avenida 29, geográficamente de Este a Oeste, y la mano Sur en dirección de Avenida 29 a Arteria 15, geográficamente de Oeste a Este.–

Artículo 2º.- Incorporase al Artículo  2 inciso b.1 de la Ordenanza Nº 2609/82 el sentido de circulación vehicular a la Arteria 46 en dirección de Arteria 15 a Avenida 29, geográficamente  de Este a Oeste.-

Artículo 3º.- Incorporase al Artículo  2 inciso b.2 de la Ordenanza Nº 2609/82 el sentido de circulación vehicular a la Arteria 44 en dirección de Avenida 29 a Arteria 15;  geográficamente  de Oeste a Este.-

Artículo 4º.- Disponese  la colocación de dos reductores de velocidad de PVC, 20 (veinte) metros antes de la intersección con Avenida 42, sentido Norte – Sur / Sur – Norte; sobre arteria 15.- 

Artículo 5º.- Disponese  la colocación de un reductor de velocidad de PVC, 20 (veinte) metros antes del CAPS  del Barrio Trocha, sobre arteria 46   entre arterias 15 y 17.-

Artículo 6º.- Disponese  la colocación de un reductor de velocidad de PVC, 20 (veinte) metros antes de la intersección con Avenida 29, sobre Arteria 46 entre Arteria 27 y Arteria 29.- 

Artículo 7º.- Disponese  la colocación de un reductor de velocidad de PVC, 20 (veinte) metros antes de la intersección con  Arteria 21, sobre Arteria 46 entre Arterias  19 y 21.- 

Artículo 8º.- Disponese  la colocación de un reductor de velocidad de PVC, 20 (veinte) metros antes de la intersección con  la Arteria 21, sobre Arteria 44 entre Arterias   23 y 21.-

Artículo 9º.- Disponese  la colocación de un reductor de velocidad de PVC, 20 (veinte) metros antes de la intersección con Arteria 27, sobre Arteria  44 entre Avenida 29 y Arteria 27.-

Artículo 10º.- Disponese  la colocación de dos reductores de velocidad de PVC, 20 (veinte) metros antes de la intersección con  Arteria 25, sobre Arteria 42 entre Arteria 25 y 23, en ambas manos de circulación.-

Artículo 11º.- Disponese  la colocación de dos reductores de velocidad de PVC, 20 (veinte) metros antes de la intersección de la Arteria 19, sobre Arteria  42 entre Arterias   19 y 17, en ambas manos de circulación.- 

Artículo 12º.- Efectuese la señalización horizontal y vertical correspondiente.-

Artículo 13º.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, Cumplido, archívese.-                                                               

Saludo al Señor Intendente Municipal, muy atentamente.