Ref. a Exp. N°390/18–DE.-
De mi mayor consideración
Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del día 09/04/18, sobre tablas y por unanimidad sancionó la siguiente:
ORDENANZA Nº 8014/2018
ARTICULO 1º.- Modificase el Artículo 211º del Capítulo XXIII, Título I, de la Parte Especial de la Ordenanza Nº 7991/17, incorporándose como último párrafo de dicho artículo el siguiente texto, quedando redactado de la siguiente manera:
“Electrodependientes por cuestiones de salud”
Se eximirá aquella persona que presente, el mismo o tenga un familiar directo conviviente, registrado como electrodependiente por cuestiones de salud.-
- Deberá ser titular del servicio eléctrico del inmueble que habita y este deberá ser única propiedad y de ocupación permanente.-
- Deberá acreditar ser electrodependiente por cuestiones de salud presentando el comprobante otorgado por el Ministerio de Salud de la Nación y/o el recibo de pago del servicio de energía de EDEN S.A. o Cooperativa Eléctrica Julio Levin y Ltda.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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Saludo al Señor Intendente Municipal muy atentamente.-