7994/2017

Ref. a Exp. N°613/17-HCD

De mi mayor  consideración

Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Extraordinaria del día 15/12/17, sobre tablas y por unanimidad sancionó la siguiente:

ORDENANZA 7994/2017

Artículo 1°.- Modificase el artículo 190° de la Ordenanza N°7991/17 el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 190°.- Créase la Comisión Valuadora Municipal la cual estará conformada por: el Secretario de Hacienda, el Director de Planificación Territorial, el Director de Catastro, un representante del Colegio de Martilleros, un representante del Colegio de Ingenieros y Agrimensores, un representante del Colegio de Arquitectos y tres representantes del HCD, uno por cada bloque  político.

     La Presidencia de ésta comisión será designada por sus integrantes en la primer reunión constitutiva la cual será convocada por el Departamento Ejecutivo.

     Los representantes de los colegios profesionales mencionados deberán renovarse cada doce (12) meses a propuesta de los respectivos colegios.

    Dicha Comisión será la encargada de dictaminar la valuación de los bienes afectados por el derecho de participación municipal en la valorización inmobiliaria.

    El dictamen con la valuación de los bienes afectados por el derecho aquí mencionado, tanto para establecer el precio comercial y el nuevo precio de referencia, deberá reflejar el precio real del bien, atento al cumplimiento de las condiciones definidas para cada caso en el Artículo 177° de la presente Ordenanza.

    Para el dictamen que fije los precios de referencia para el cálculo de la valorización inmobiliaria, la Comisión podrá solicitar tasaciones no vinculantes, a profesionales matriculados del partido o de partido aledaños, a fin de contar con más elementos para la toma de decisiones.

        Facúltase a la Comisión a promover la firma de convenios de colaboración con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, con el Tribunal de Tasaciones de la Nación, con los Colegios Profesionales de Martilleros y de Escribanos, con el fin de contar con tasaciones oficiales para la fijación de los precios de referencia, así como para mantener una base actualizada de precios del suelo en el Municipio.

Artículo 2°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

Saludo al Señor Intendente Municipal muy atentamente.