7873/2016

Ref. a Exp. N°5404/16-DE

De mi mayor  consideración

Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Extraordinaria del día 16/12/16,  por unanimidad sancionó la siguiente:

ORDENANZA Nº7873/16

Artículo 1º.- Establécese en el ámbito de la Municipalidad de Mercedes la implementación del sistema participación ciudadana denominada “presupuesto Participativo”

Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo establecerá un responsable del PP quien tendrá a su cargo una comisión.- Esta unidad coordinadora estará conformada por 1 Concejal (titular y/o 1 concejal suplente)  de cada fuerza política con representación en el HCD; y también dos delegados de zonas (Titulares y/o suplentes)  la cual le darán curso a los proyectos recibidos de las asambleas a las áreas correspondientes.-

Artículo 3º.- El monto general de referencia sobre el cual la ciudadanía elaborara proyectos enmarcados en el P.P. será definido al momento de elaborar el presupuesto anual de gastos y recursos del Municipio.-

Artículo 4º.- A continuación se detallan las 7  zonas urbanas y restan agregar las 3 zonas suburbanas:

Zona 1: Barrios: Lapenta, Payro, Centro, Virgen del Rosario, Estrada, Unión, Histórico, Hospital.-

Zona 2: Barrios: Sta. Teresita, José Hernández, San Antonio, Almafuerte, Obrero, Blandengues, el rosedal, Bello Horizonte, Auto Construcción, Los Duraznos, Villa Asunción y 3 de Octubre

Zona 3: Barrios: Villa del parque, Parque Municipal, Trocha, esperanza; Pago Chico, las Acacias, Los Robles, Calvillo, San José, Peñaloza y Eva Duarte.-

Zona 4: Barrios : Güemes, Unzue, San Justo, Unidad y Progreso, Marchetti, La Amistad, Malvinas, Argentinas, H. Yrigoyen, Soldado Balvidares, Mutti, Cuartel IV, Lopardo, San Martin, Redes, Belgrano, Facundo Quiroga, Ravello y 12 de Octubre.-

Zona 5: Barrios: Mitre, América, Villa Industrial Oeste, Lomas del Pacifico, La Colina, Nueva Austral , Los Paraísos (hasta Ruta 5 y vías FF.CC )

Zona 6: Barrios: desde Rotonda de Acceso a Mercedes por Ruta 41 y Ruta 5 hasta zona rural.-

Zona 7: Barrios Gendarmería, Seminario, Villa Industrial Este, San Francisco, París Giannini, San Jorge, Villa Industrial Este.-

Artículo 5º.- El directorio del programa del P.P. deberá establecer el cronograma de reuniones (establecido junto a la aprobación del presupuesto municipal) en las distintas zonas, a realizarse entre los meses de Abril y junio.-

Artículo 6º.- Se elegirán dos delegados Titulares y 2 suplentes en asamblea (por cada zona) dos hombres y mujeres, que serán el nexo entre los vecinos y la comisión Coordinadora del PP , tanto en la ejecución del programa como en el monitoreo de las obras afectadas al presupuesto anual.-

Artículo 7º.- Los proyectos seleccionados por los vecinos, elegidos por medio de votación serán incluidos en el presupuesto del año siguiente, en el cual deberá iniciarse su ejecución.-

Artículo 8º.- Podrán participar en las reuniones todos los vecinos mayores de 16 años que acrediten domicilio real dentro de la zona de incumbencia acreditando identidad mediante DNI y/o servicio a su nombre. Ninguna persona podrá votar en más de una zona.-

Artículo 9º.- El Departamento Ejecutivo elaborará el reglamento para la implementación del PP el cual deberá estar aprobado por el HCD.-

Artículo 10º.- Es  facultad del Departamento Ejecutivo realizará una intensa campaña informativa y comunicativa por todos los medios de comunicación disponibles para la implantación del Programa P.P. .-

Artículo 11. Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.

Saludo al Señor Intendente Municipal, muy atentamente.