7792/2016

Ref. a Exp. N°283/16-HCD-

De mi mayor  consideración

Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del día 25/07/16, por unanimidad sancionó la siguiente:

ORDENANZA Nº7792/16

Artículo 1º.- Prohíbase la colocación de vegetación o cualquier otro elemento que supere los 30 cm de altura en los extremos de los canteros de Avenidas y Bulevares en la Ciudad de Mercedes.-

Artículo 2°.- Se considerarán extremos de los canteros de Avenidas y Bulevares las superficies ubicadas en los primeros y últimos 15 metros de los mismos.-

Artículo 3°.- Toda vegetación (árboles, arbustos, etc.) que se plante o se reponga en los canteros de Avenidas y Bulevares, será de especies autóctonas que no desarrollen espinas.-

Artículo 4°.- Los gastos que demande la presente serán imputados a la partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-

Artículo 5.- Comuníquese, regístrese,  dese al Digesto General, cumplido, archívese.-

                                                                            

Saludo al Señor Intendente Municipal, muy atentamente.-