Ref. a Exp. N°2729/15-DE
De mi mayor consideración
Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Extraordinaria del día 2/07/15, sobre tablas y por unanimidad sancionó la siguiente:
ORDENANZA Nº7668/15
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a llamar a licitación pública para otorgar la concesión del servicio de transporte público de pasajeros en el Partido de Mercedes Bs. As.-
Artículo 2°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones que tiene por objeto otorgar la concesión del servicio de transporte público de pasajeros en el Partido de Mercedes Bs. As., comprendido la concesión de las líneas 1, 2, 3; cuyo recorrido y demás condiciones se detallan en el pliego que forma parte del presente.-
Artículo 3°.- Derógase la Ordenanza N°6646/08 y toda otra norma que se contrapone a la presente.-
Artículo 4°.- Previo a la adjudicación del transporte público de pasajeros se requerirá la aprobación del Honorable Concejo Deliberante de la oferta que haya resultado ser ganadora de la licitación.-
Artículo 5°.– Notifíquese de la presente Ordenanza a cada uno de los adquirientes del pliego de licitaciones.-
Artículo 6°.– Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-
Saludo al Señor Intendente
Municipal, muy atentamente.-
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
LICITACION PUBLICA Nº …….. /2015
SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS EN EL PARTIDO DE MERCEDES (BA)
CLAUSULAS GENERALES
INDICE
CAPITULO I
Del Concurso
1- Objeto del llamado
2- De las ofertas
3- Requisitos de los proponentes
4- Inhabilidades
CAPITULO II
De la presentación de las ofertas y contenido del sobre
5- Forma de presentación de las ofertas
6- Contenido del sobre
7- Consultas y aclaraciones
CAPITULO III
De la apertura de sobres y evaluación
8- Apertura de las ofertas
9- Admisión de ofertas
10- Causales de rechazo de las ofertas
11- Mantenimiento de las ofertas
12- Desarrollo de la Licitación
13- Ampliación de la información
14- Falseamiento de la información
15- Observación e impugnación
CAPITULO IV
De la adjudicación
16- Evaluación de las ofertas
17- Mejora de precios
18- Sobre la adjudicación
19- Única oferta
CAPITULO V
De las obligaciones y responsabilidades del adjudicatario
20- Obligaciones del Adjudicatario
CAPITULO VI
De las sanciones
21- Sanciones y Multas
22- Tipología
23- Aplicación
24- Graduación de las multas
25- Encuadre de los hechos punibles
26- Procedimiento
27- Transgresiones tipificadas
28- Transgresiones no tipificadas
CAPITULO VII
Normas Complementarias
29- Interpretación de Normas
CLAUSULAS TECNICAS PARTICULARES
INDICE
CAPITULO VIII
Objeto
1- Objeto, objetivo general y objetivos específicos
2- Duración de la Concesión
3– Condiciones de los vehículos
4- Habilitación de las unidades
5- Recorrido
6- Transferencia
7- Tarifa
8- Modificaciones
9- Inicio de prestación del servicio
10- Valor del Pliego
11- Normas Complementarias
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
LICITACION PUBLICA Nº /2015
CONCESION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS EN EL PARTIDO DE MERCEDES (B)
CLAUSULAS GENERALES
CAPITULO I
De la Licitación
OBJETO DEL LLAMADO
ARTICULO 1º: La Municipalidad de Mercedes llama a Licitación Pública, para la Concesión del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en el Partido de Mercedes (B); conforme al detalle y especificaciones anexas que constituyen las cláusulas particulares de este pliego. Dicha concesión comprende las líneas 1, 2 y 3, cuyo recorrido ha sido aprobado por el Honorable Concejo Deliberante y las que se consideran parte integrante del presente pliego, y que se agregan como anexo IV del mismo.
Los oferentes de esta Licitación, quienes podrán cotizar en forma individual por línea o conjunta por dos o tres, quedan comprendidos dentro de la reglamentación vigente en Materia de la presente contratación, los preceptos de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Decreto Provincial Nº 2980/00 R.A.F.A.M., y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas en el presente pliego.
DE LAS OFERTAS.
ARTICULO 2º: Las ofertas deberán formularse por escrito en el tiempo y forma en que se indica en este Pliego. Su presentación implicará el conocimiento, aceptación y sometimiento a todas las disposiciones de este cuerpo normativo y demás normativa vigente en la materia.
REQUISITOS DE LOS PROPONENTES
ARTICULO 3º: Podrán ser proponentes de esta licitación, personas físicas o jurídicas legalmente constituidas y debidamente inscriptas por ante el organismo de contralor pertinente.
INHABILIDADES
ARTÍCULO 4º: No podrán participar de ésta licitación, bajo ninguna forma ni por interpósita persona:
4.a. Los Deudores de la Municipalidad, por actividades y/o bienes declarados por la oferente en el ámbito del Partido.
4.b. Los incapaces para contratar según la legislación vigente.
4.c. Los que hayan sido sancionados con caducidad de concesión o permiso en cualquier jurisdicción mientras no se encuentre rehabilitados. En caso de sociedades, además, la inhabilitación alcanzará individualmente a sus componentes, miembros del Directorio y/o administradores.
4.d. Los funcionarios y/o agentes según el régimen de incompatibilidades de la legislación vigente, al servicio del Estado Nacional, Provincial o Municipal y las sociedades integradas total o parcialmente por aquellos o cuyos gerentes fueren, salvo lo dispuesto por la Ley 19550 respecto de las sociedades anónimas.
4.e. Los separados de la Administración Pública por exoneración.
4.f. Los inhabilitados por las situaciones legisladas en las normas de la Licitación civil o comercial.
4.g. Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes.
Por intermedio del formulario pertinente, los proponentes declararán no estar comprendidos en los impedimentos establecidos en el presente. Lo expresado, más todo lo declarado en el citado formulario, revestirá carácter de declaración jurada. Al comprobarse, posteriormente, el falseamiento de lo manifestado bajo declaración jurada, la MUNICIPALIDAD podrá declarar la inhabilidad del proponente para presentarse en futuras licitaciones por el término de cinco (5) años sin perjuicio de rechazar la propuesta de oficio o a petición de parte o decretar la caducidad de la contratación con pérdida del Depósito de Garantía de Oferta y/o Contrato, con más los daños y perjuicios que pudieren corresponder, sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, e independientemente de las acciones que puedan resultar pertinentes ante la Justicia en lo Criminal y Correccional competente.
CAPITULO II
De la presentación de las ofertas y contenido del sobre
FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
ARTÍCULO 5º.- Las ofertas serán presentadas en un sobre que contenga los Sobres Nº 1 y Nº 2 con indicación, única y exclusivamente, de la identificación de la Licitación a la que se presenta y número de expediente, para esto se adherirá el Anexo III del presente pliego, confeccionado para este fin. El mismo será lo único que tendrá el exterior del sobre a presentar para evitar cualquier identificación, como así también tendrá que evitarse logos e insignias de cualquier firma.
Las ofertas deberán ser escritas a máquina, o con letra imprenta grande y clara, con tinta indeleble y redactada en idioma castellano. Se empleará para el llenado y firma de la documentación de la OFERTA original, un medio que asegure su inalterabilidad, sea a través del empleo de tinta indeleble o de cualquier otro medio, manuscrito o mecánico, que sea idóneo a ese efecto. No serán admitidas las OFERTAS presentadas total o parcialmente en lápiz, foliándose sus hojas correlativamente y con un índice de contenido y anexos. Las enmiendas, entre líneas y raspaduras, en el Anexo I deberán ser debidamente salvadas. En caso contrario constituirán causal de rechazo liso y llano de la oferta toda.
Toda la documentación no presentada en original deberá encontrarse debidamente certificada por Escribano Público. Igualmente deberán certificarse las firmas del oferente obrantes en los Anexos I y II inclusive. Todas las certificaciones serán con intervención del Colegio de escribanos, siempre que el actuante sea de extraña jurisdicción.
Los sobres estarán debidamente cerrados y lacrados.
CONTENIDO DEL SOBRE
ARTICULO 6º.- El oferente deberá presentar su propuesta en un sobre envoltorio que contenga los Sobres Nº 1 y Nº 2, y en cuyo exterior se indicará el Concurso al que se presenta (ANEXO III) y el que no podrá contener ningún dato que identifique al proponente.
El SOBRE Nº 1 contendrá:
1- El Pliego puesto a la venta y todas las aclaraciones que haya emitido la Municipalidad de oficio o en respuesta a consultas, durante el llamado a concurso. Deberá estar firmado, con aclaración de firma y D.N.I. en todas sus fojas por el proponente, siendo ello prueba que es de pleno conocimiento y aceptación por parte del mismo.
2- ANEXO II debidamente firmado – Declaración Jurada de no estar comprendido en los impedimentos de concurrencia establecidos en el artículo 5º.
3- Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) individualizando el número de Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), constancia de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos de la Pcia. de Buenos Aires o, en su caso, Convenio Multilateral.
4- Título de Propiedad de las unidades afectadas al servicio acompañado del estado de deuda de patentes e infracciones de una des ellas y cobertura de seguros correspondiente.-
5- Planilla que detalle la capacidad de pasajeros sentados, que en ningún caso podrá ser menor a 16 pasajeros, modelo y estado General de los mismos.
6- Para ser admitidos en este llamado, es condición que los interesados estén inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Mercedes y cuenten con la documentación requerida actualizada para lo cual deberán presentar certificado extendido por la Oficina de Compras que acredite tal circunstancia, o en su defecto deberán inscribirse antes de la adjudicación.
7- Referencias comerciales y Bancarias
8- Antecedentes en la Actividad
9- Manifestación en carácter de Declaración Jurada respecto del compromiso a incorporar al personal que se desempeñaba en relación de dependencia con la anterior adjudicataria
10- En caso de firmar la propuesta un apoderado, deberá incorporar copia certificada del poder que lo habilite a actuar en tal carácter, del que deben surgir facultades suficientes para obligar a su mandante, pudiendo intervenir en licitaciones públicas, privadas, etc.
El poder presentado en el trámite de la presente se considerará válido y obligará al poderdante hasta tanto éste no comunique fehacientemente su revocación en el lugar indicado para la presentación de la propuesta.
El oferente deberá constituir domicilio legal dentro del Partido de Mercedes (BA) y domicilio electrónico, que se considerará subsistente hasta tanto no sea modificado por medio fehaciente a la Municipalidad. Asimismo, deberá aceptar expresamente la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Mercedes (BA) para dirimir cualquier cuestión que se suscite, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Garantía de Oferta: Deberá constituirse mediante cheque certificado, aval bancario o póliza de caución, siendo el monto de la misma la suma de Pesos DIEZ MIL ($ 10.000).
SOBRE Nº 2 – OFERTA ECONOMICA
a) Formulario de Propuestas completo en todas sus partes y debidamente firmado. (Anexo I)
La oferta económica deberá consignarse tanto en números como en letras del tipo imprenta. El Anexo correspondiente deberá estar debidamente firmado por el oferente.-
Cuando existiera diferencia entre las cifras consignadas en números y letras, se tomará la consignada en letras.
CONSULTAS Y ACLARACIONES
ARTICULO 7º.- Los Pliegos podrán consultarse en la Jefatura de Compras de la Municipalidad en el horario de 9:00 hs a 13:00 hs de lunes a viernes.
Los participantes que hubieren retirado el presente Pliego podrán efectuar las consultas y pedidos de aclaraciones pertinentes hasta dos (2) días hábiles anteriores a la fecha indicada para la apertura de propuestas; los mismos deberán ser cumplimentados por escrito ante la Municipalidad, oficina Compras.
Las aclaraciones o modificaciones al presente Pliego serán emitidas por la Municipalidad, de oficio o en respuestas a consultas de los participantes que hubiesen adquirido el mismo, y se incorporarán como circulares.
En todos los casos las circulares aclaratorias serán comunicadas a todos los participantes que hubieren adquirido el presente Pliego antes de la fecha indicada para la apertura.
Los títulos de los artículos del presente Pliego sirven sólo de referencia y no afectarán la interpretación de su texto.
CAPITULO III
De la apertura de sobres y evaluación
APERTURA DE LAS OFERTAS
ARTICULO 8º: Las ofertas serán abiertas el día …… de ………………… de 2015 a las 10:00 horas en la Oficina de Compras de la Municipalidad, en presencia del/o los funcionarios y oferentes que concurran al acto, labrándose el acta pertinente, la cual será firmada por las autoridades presentes y demás asistentes que así lo deseen. Si el día fijado para la apertura fuere feriado o asueto administrativo, o suspendido por razones de fuerza mayor, éste tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora. Sólo se tomarán en consideración las propuestas que hayan sido presentadas hasta la hora fijada para la apertura.
ADMISIÓN DE OFERTAS
ARTICULO 9º: Sólo revestirán carácter de ofertas válidas las que se ajusten a las disposiciones de este pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello, si se comprobara posteriormente algún incumplimiento que no haya sido advertido en el momento de la apertura de sobres, podrá procederse al rechazo de la oferta.
Se podrá a efectos de su consideración y a absoluto criterio de la Municipalidad no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfecciones de tipo formal y no esenciales de las que adoleciere alguna de las ofertas, salvo en la consignación del precio tanto en números como en letras, donde las enmiendas y / o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres.
En el acto de apertura, los funcionarios intervinientes, estarán facultados para rechazar las propuestas, conforme las causales establecidas a tal efecto en el artículo subsiguiente.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO 10°: Dará lugar al rechazo de las ofertas, en el momento del acto de apertura o en su posterior análisis la omisión de los siguientes requisitos:
10.1. Recibo de adquisición del Pliego expedido por la Tesorería de la Municipalidad.
10.2. Pliego de Bases y Condiciones que rige la presente licitación debidamente firmado por el proponente.
10.3. Falta de constitución de la garantía de oferta.
10.4. Falta de presentación de la pertinente planilla de cotización, debidamente completada y firmada.
Este listado es meramente enunciativo, dando lugar al rechazo de la oferta cualquier otro requisito no cumplimentado, que a juicio de la Municipalidad revista el carácter de esencial o vulnere el principio de igualdad licitatoria.
Dará lugar a rechazo de la oferta la omisión de cualquiera de los requisitos enunciados en este pliego y su no subsanación, cuando se le intimare a ello, en los plazos que este pliego prevé y las ofertas que se aparten de las cláusulas del pliego o fijen condiciones incompatibles con éste.
La Municipalidad no está obligada a aceptar oferta alguna, pudiendo rechazar todas si así lo estima oportuno y conveniente.
La falta de cumplimiento de los restantes requisitos exigidos por este Pliego que no son causales de rechazo inmediato, podrán ser subsanados dentro de los dos (02) días hábiles de notificados de la falta incurrida. Es atribución exclusiva de la Municipalidad determinar cuáles son los vicios u omisiones de tipo formal no esencial que podrán ser subsanados por vía de aclaratoria o de saneamiento en el plazo antes mencionado.
Transcurrido dicho plazo y no cumplimentados el o los requisitos a que se refiere el presente, la oferta será rechazada sin otra sustanciación.
El rechazo de las ofertas, por cualquier causa, no dará derecho a indemnización alguna tanto en relación al proponente, como respecto de terceros.
Las causales de rechazo que pasaren inadvertidas en el acto de apertura podrán ser tenidas en cuenta posteriormente por la Municipalidad.
MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO 11º.- Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles a partir de la apertura de la licitación y se considerará automáticamente prorrogada por igual período, salvo comunicación en contrario que expresa y fehacientemente hiciera el proponente hasta cinco (05) días hábiles antes del vencimiento del plazo originario. Cualquier modificación y/o alteración de la propuesta, durante y/o después de presentado el sobre, carecerá de efectos jurídicos oponibles a la Municipalidad, con el consecuente mantenimiento de la propuesta originaria.
DESARROLLO DE LA LICITACIÓN
ARTÍCULO 12º.- En el día fijado para el acto, se procederá a la apertura de sobres en la siguiente forma:
12.1. En primera instancia se abrirá el sobre Nº 1, verificándose el cumplimiento de la documentación exigida. Constatándose el incumplimiento y/u omisión de los requisitos y/o documentación enumerados en el Artículo 10º se procederá al rechazo de la oferta, devolviéndose el sobre Nº 2, salvo lo normado en el último párrafo del artículo 10º del presente pliego de bases y condiciones.
12.2. Aceptados y cumplimentados los recaudos contenidos en el sobre No. 1, se procederá a la apertura del sobre No. 2 verificándose el contenido del mismo y su adecuación a lo prescripto por el Artículo 10° del Pliego de Bases y Condiciones. Si se decidiera el rechazo de alguna de las ofertas, se archivará la documentación en el expediente.
12.3. Se recibirán las observaciones al acto de apertura y se labrará un acta, de todo lo actuado. Firmarán el acta los funcionarios actuantes y los proponentes. Se dejará constancia del cumplimiento de esos requisitos.
La documentación de las ofertas declaradas válidas quedará a partir del día hábil siguiente a la vista de los oferentes, quienes podrán impugnar de acuerdo a lo establecido en el Artículo 15º.
12.4. Las observaciones deducidas durante el acto de apertura sólo podrán referirse al desarrollo del mismo, excluyéndose impugnaciones y/u observaciones en relación con las ofertas presentadas.
12.5. Concluido el acto, se procederá a la lectura del acta respectiva y a su firma por parte de los proponentes, funcionarios presente.
AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN
ARTÍCULO 13º: La Municipalidad podrá solicitar a cualquier oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria que considere necesaria a los fines verifica-torios. Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones de la documentación expresamente solicitada por la Municipalidad. El plazo para la evaluación de la información requerida será el que esta Municipalidad considere necesario. Si la misma no fuera evacuada en término o no llenase a juicio de la Municipalidad los fines requeridos, se merituará la oferta con las constancias obrantes en las actuaciones.
FALSEAMIENTO DE LA INFORMACION
ARTÍCULO 14º.- Si se comprobare el falseamiento de los datos proporcionados en el Anexo II que forma parte del presente Pliego o el de cualquier otro que forme parte de su oferta, la Municipalidad podrá declarar la inhabilitación del proponente para presentarse a futuras licitaciones y/o concursos y/o compras directas por el término de hasta cinco (5) años, sin perjuicio de rechazar la oferta de oficio o a petición de parte cuando se tenga conocimiento fehaciente del hecho o de la rescisión del contrato, según el estado del trámite, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial y de la elevación de las actuaciones a la Justicia Penal, si correspondiere, todo ello sin perjuicio de la pérdida del pertinente depósito de garantía.
OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
ARTÍCULO 15º.– Se realizarán de la siguiente manera:
15.1. Al acto de Apertura: Sólo se admitirán impugnaciones y observaciones al acto y al finalizar el mismo.
15.2. A las Ofertas: Deberán presentarse con posterioridad al acto licitatorio por escrito y con copia en forma individual por cada oferente en la Oficina de Compras en el horario de 8:00 a 14:00 horas. A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, la documentación quedará a la vista de los concursantes a partir del primer día hábil posterior a la apertura y por el término de un (1) día. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de un (1) día hábil siguiente al de toma de vista de la documentación.
De las impugnaciones se correrá traslado por (1) día hábil; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose la adjudicación sobre la base de estas, sin perjuicio de las facultades verificatorias de esta Municipalidad.
CAPITULO IV
De la adjudicación
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
ARTICULO 16º.- Cumplidos los plazos de los artículos 13º y 15º, la Comisión de Evaluación, de existir, o el funcionario competente procederá al análisis de las ofertas una vez sustanciadas las impugnaciones.
A los efectos de asesorar a la Municipalidad, la Comisión de Evaluación y/o el funcionario competente analizará en primer término la procedencia de las impugnaciones y a continuación que el oferente reúna la capacidad jurídica para participar en tal carácter y demuestre la solvencia patrimonial adecuada y suficiente.
Las ofertas que reúnan los requisitos básicos enunciados en el párrafo anterior, y aquellas que no hayan sido desestimadas por vicios esenciales a tenor de lo dispuesto en el artículo 10º, serán evaluadas para proceder a la adjudicación.
MEJORA DE PRECIOS
ARTICULO 17º.- En el caso que hubiere dos o más ofertas que se presenten en igualdad de condiciones, y cuyas cotizaciones no difieran en más del cinco por ciento (5%), se podrá llamar a estos oferentes a mejorarlas, por escrito y en sobre cerrado, no siendo obligación de la Municipalidad adoptar tal criterio. A estos efectos se fijaría la fecha para su apertura, dentro del término de tres (3) días hábiles administrativos, contando a partir de la fecha de la notificación de la resolución de la Municipalidad de llamado a mejora de precios.
SOBRE LA ADJUDICACIÓN
ARTICULO 18º: La adjudicación recaerá en la propuesta que la Municipalidad a su sólo e inapelable criterio, juzgue más conveniente, teniendo en cuenta para ello las calificaciones que le merezcan los proponentes y sus propuestas, las cuales serán absolutamente privativas, no encontrándose sujeta a impugnación ni recurso de naturaleza alguna (Ley Orgánica de las Municipalidades artículo 154º).
El precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello.
Tendrán prioridad para ser adjudicadas las propuestas que incluyan la absorción de la mayor cantidad de trabajadores que venían desempeñándose en relación de dependencia con la anterior adjudicataria del servicio. En caso de que exista un solo oferente deberá estar dotado con al menos el cincuenta por ciento (50%) del personal de trabajadores que se desempeñaban en el anterior servicio.-
En caso de rescisión de la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de convocar, a su exclusivo criterio, al siguiente en el orden de mérito siempre que reuniere a esa fecha los recaudos del presente pliego, sin perjuicio de las sanciones que le puedan corresponder al proveedor que rescinde.
La Municipalidad, asimismo, podrá rechazar todas las propuestas, sin que ello de derecho a reclamo por parte de los oferentes.
La adjudicación podrá realizarse por la totalidad de los recorridos licitados o en forma parcial de acuerdo con el interés del Estado Municipal.
ÚNICA OFERTA
ARTICULO 19º: En el caso que hubiere una sola oferta válida por falta o rechazo de las restantes, ello no significará obstáculo alguno para que la adjudicación definitiva se lleve a cabo en relación a ella siempre y cuando dicha oferta reúna, a juicio exclusivo de la Municipalidad, las condiciones necesarias como para merecer la adjudicación, conforme lo dispuesto en la L.O.M.
La existencia de una única oferta de ningún modo obligará a la Municipalidad a aceptar la misma de pleno derecho.
CAPITULO V
De las obligaciones y responsabilidades del adjudicatario
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
ARTÍCULO 20º.- Son obligaciones del adjudicatario:
1. Perfeccionar la entrega en la forma y plazo previsto.-
2. Mantener vigente la garantía solicitada por el Art. 6º de las Cláusulas Particulares de este Pliego de Bases y Condiciones y ofrecida en la propuesta.
CAPITULO VI
De las sanciones
SANCIONES Y MULTAS
ARTÍCULO 21º.- Ante incumplimientos en las obligaciones emergentes de este Pliego de Bases y Condiciones, el proveedor será pasible a la aplicación de SANCIONES Y MULTAS.
TIPOLOGIA
ARTÍCULO 22º.- El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones emergentes de la presente Licitación lo hará pasible de:
a. Llamado de atención
b. Apercibimiento
c. Multas
d. Suspensión de hasta dos (2) años del Registro de Proveedores
e. Baja del Registro de Proveedores de la Municipalidad y comunicación a los otros Entes y Administración Central.
APLICACION
ARTÍCULO 23º.- El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones a su cargo lo hará pasible de las sanciones que se establecen en este capítulo, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados a juicio de la Municipalidad, debiendo el adjudicatario denunciar la causa motivante de la suspensión parcial o total de la prestación, dentro de las dos (2) horas de producida ésta o bien dentro de las dos (2) primeras horas del primer día hábil administrativo siguiente al hecho.
GRADUACION DE LAS MULTAS
ARTÍCULO 24º.- Para la graduación de las multas se tendrá en cuenta la gravedad del hecho, la magnitud del incumplimiento, la incidencia en relación a otros puntos como ser seguridad, salubridad, etc, la reincidencia y todos cuantos otros elementos hagan al juzgamiento.
ENCUADRE DE LOS HECHOS PUNIBLES
ARTICULO 25º.- Si un solo hecho definido como transgresor a las disposiciones de este pliego se encuadra en distintas sanciones, únicamente se aplicará la sanción más grave.
PROCEDIMIENTO
ARTICULO 26º.- Constatada la infracción se labrará el acta correspondiente, dejándose constancia de la fecha, hora y causa de la infracción.
A los efectos de que la empresa adjudicataria pueda alegar y probar lo que estime pertinente en relación a la infracción que se le imputa, se le otorgará un plazo perentorio de dos (2) días hábiles para efectuar los descargos pertinentes y aportar la prueba. Oídos estos, y de encontrarlo procedente se establecerá la sanción definitiva, notificando al adjudicatario.
El importe de la sanción será objeto de retención preventiva en el pago de la facturación correspondiente. Si el importe retenido resulta insuficiente, una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante se percibirá de cualquier importe que tenga la empresa a cobrar.
TRANSGRESIONES TIPIFICADAS
ARTÍCULO 27º.- Se aplicará una multa, que podrá graduarse entre el cinco por ciento (5%) y el diez por ciento (10%) del importe de la facturación correspondiente, por las siguientes transgresiones:
27.1.- Por dejar de cumplir el servicio con la prestación en la forma acordada en el Pliego de Bases y Condiciones, parcial o totalmente.
27.2.- Por no disponer del en tiempo y forma exigido en este pliego y/o el ofrecido.
TRANSGRESIONES NO TIPIFICADAS
ARTÍCULO 28º.- Por toda otra contravención a las disposiciones del presente pliego, que no hubieran sido tipificada específicamente, se aplicará –por cada una- una multa del dos por ciento (2%) al diez por ciento (10%) del importe a facturar o facturado.
CAPITULO VII
Normas Complementarias
INTERPRETACIÓN DE NORMAS
ARTICULO 29º.- En caso de discordancia entre las Cláusulas Generales y las Cláusulas
Particulares, siempre predominarán estas últimas
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
LICITACION PUBLICA Nº /2015
CONCESION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS EN EL PARTIDO DE MERCEDES (B)
CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES
OBJETO
ARTÍCULO 1º.- La Presente Licitación Pública tiene por objeto otorgar la Concesión del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en el Partido de Mercedes (B); conforme al detalle y especificaciones anexas que constituyen las cláusulas particulares de este pliego. Dicha concesión comprende las líneas 1, 2 y 3, cuyo recorrido ha sido aprobado por el Honorable Concejo Deliberante y las que se consideran parte integrante del presente pliego, y que se agregan como anexo IV del mismo.
DURACIÓN
ARTICULO 2º.- La duración de la concesión será por el término de DIEZ (10) AÑOS, con opción a un prórroga de CINCO (5) AÑOS más, siempre que el adjudicatario lo solicite por medio fehacientemente, con SEIS (6) MESES de anticipación al vencimiento, previa conformidad del Departamento Ejecutivo y aprobación del Honorable Concejo Deliberante.
El gobierno municipal tiene la posibilidad de revisar cada 2 años la marcha del pliego licitatorio y se guarda la potestad de cancelar la concesión en caso de desaprobar el funcionamiento de la/las líneas que explota determinado servicio.-
CONDICIONES DE LOS VEHÍCULOS
ARTÍCULO 3°.- Los coches tendrán una capacidad mínima de DIECISEIS (16) PASAJEROS SENTADOS, en perfectas condiciones de higiene, las que serán controladas por la Secretaría de Control Urbano de la Municipalidad. Las unidades afectadas al servicio deberán contar con la VTV aprobada de acuerdo a lo establecido por la legislación vigente y seguro contratado con el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
HABILITACION DE LA UNIDADES
ARTÍCULO 4°.- Se concretarán previa inspección mecánica, de confort, de modelo/año de unidad, de acuerdo a la reglamentación vigente.
RECORRIDO
ARTÍCULO 5°.- El concesionario se obligará a cumplir con los recorridos, horarios y frecuencias previstas, durante el período que dure la concesión, si así no lo hiciere se hará pasible de las multas que establezca la Autoridad Municipal competente.
Cualquier modificación en los recorridos y/u horarios solicitada por el concesionario, será requerido por solicitud fehaciente, y no podrá ponerse en práctica hasta no haberse extendido la autorización y previa conformidad del Honorable Concejo Deliberante.
El Departamento Ejecutivo se reserva el derecho de modificar o ampliar los recorridos y frecuencias en forma unilateral, con el acuerdo de dicho cuerpo legislativo.
TRANSFERENCIA
ARTÍCULO 6°.- La concesión podrá ser transferida siempre y cuando el concesionario haya ejercido la misma por un plazo de DOS (2) AÑOS. La solicitud de transferencia, deberá efectuarse ante la Autoridad Municipal, quien luego de las evaluaciones de rigor, elevará la petición al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación definitiva.
TARIFA
ARTÍCULO 7°.- Las tarifas son las vigentes fijadas por ordenanza _______/_____, y las tarifas solo podrán ser modificadas previa autorización del Honorable Concejo Deliberante.
MODIFICACIONES
ARTÍCULO 8°.- El Departamento Ejecutivo se reserva el derecho de modificar y ampliar los recorridos y frecuencias establecidos, de acuerdo a las demandas y necesidades de los usuarios.
INICIO DE PRESTACION DEL SERVICIO
ARTÍCULO 9º.- El concesionario deberá comenzar a prestar la totalidad de los servicios licitados en un plazo no mayor de TREINTA (30) DIAS corridos a contar de la fecha en que se firme el correspondiente contrato, cuyo cumplimiento deberá garantizar con la suma en efectivo de Pesos CIEN MIL ($ 100.000), cheque certificado o póliza de caución. En este caso, quedará a criterio del Departamento Ejecutivo la aceptación de la compañía aseguradora.
Asimismo, el Municipio se reserva los derechos enunciados en el artículo 236 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
VALOR DEL PLIEGO
ARTÍCULO 10º.- El valor del Pliego asciende a Pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500).
NORMAS COMPLEMENTARIAS. INTERPRETACIÓN DE LAS MISMAS
ARTÍCULO 11º.- En caso de discordancia entre las Cláusulas Generales y las Cláusulas
Particulares, siempre predominan éstas últimas.
ANEXO I
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
LICITACION PUBLICA Nº /2015
CONCESION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS EN EL PARTIDO DE MERCEDES (B)
FECHA DE APERTURA: DD de MMMMMM de 2015 a las 10:00 Horas
Municipalidad de Mercedes – Oficina de Compras
Calle 29 N° 575
Descripción COTIZACION
Canon Mensual ofrecido Según
las características y demás especificaciones
detalladas en las Cláusulas Técnicas Particulares
del Pliego de Bases y Condiciones …………………
Son: Pesos……………………………………………………………………………………………….
Monto Total $………………..
ANEXO II
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
LICITACION PUBLICA Nº /2015
CONCESION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS EN EL PARTIDO DE MERCEDES (B)
Por medio de la presente, declaro/amos conocer y aceptar en todos sus términos el Pliego de Bases y Condiciones que rige el llamado Licitación Pública Nro. /2015, para la Concesión del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en el partido de Mercedes (B), cuya apertura se realizará el día DD de MMMM de 2015 a las 10 hs. en la Oficina de Compras, sita en calle 29 N° 575, y cuyas cláusulas acepto/amos sin condicionamiento alguno.
Declaro/amos bajo juramento no estar comprendido en los impedimentos de concurrencia que determina el citado Pliego en su artículo 4º de las Cláusulas Generales.
Suscribe/imos la presente en la ciudad de………………………………………………………..a los…… días del mes de ______________ de 2015.-
ANEXO III
Carátula de presentación en el Sobre
Expte. Nº NNNN/AAAA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
LICITACION PUBLICA Nº 4 /2015
CONCESION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS EN EL PARTIDO DE MERCEDES (B)