7565/2014

Ref. a Exp. N°403/14-HCD

De mi mayor  consideración

Tengo el agrado de dirigirme al Señor Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que éste H. Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del día 10/11/14, por unanimidad sancionó la siguiente:

ORDENANZA Nº7565/14

Artículo 1º.- La Municipalidad de Mercedes adhiere en todos sus términos a la Ley 26.858.-

Artículo 2°.– El Departamento Ejecutivo determinará vía reglamentaria la dependencia municipal que tendrá la responsabilidad de cumplir con las exigencias de habilitación e identificación previstos en el art. 5° y 6° de la Ley 26.858.-

Artículo 3°.– El Departamento Ejecutivo en su rol de autoridad de aplicación determinará el mecanismo de actuación para ejercicio del poder de policía.-

Artículo 4°.– En relación a los taxis y remises, que son alcanzados por el Art. 11 de la Ley 26.858, deberá abrirse un registro de oposición al transporte de perros guía, sea por temor o fobia. Sin perjuicio de ello será exigible a todas las paradas garantizar el servicio las 24 horas.-

Artículo 5°.– Promuévase una campaña publicitaria sobre los alcances de la presente ordenanza.-

Artículo 6°.– Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

Saludo al Señor Intendente Municipal, muy atentamente