ORDENANZA Nº7354/13
Artículo 1º.- Dónase a la Sociedad de Fomento del Barrio “Eva Duarte”, un lote de terreno, reserva para equipamiento comunitario, ubicado en la esquina de las calles 5 y 54 Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección A, Chacra 55, Manzana 55e, Parcela 14, según plano aprobado por Geodesia característica 71-25-94, destinado a la construcción de la sede donde funcionará dicha Sociedad de Fomento.-
Artículo 2°.– El Departamento Ejecutivo gestionará ante las autoridades de la Sociedad de Fomento la pronta aceptación de la donación y queda autorizado para suscribir la correspondiente escritura.-
Artículo 3°.- Los gastos que demande la escrituración serán a cargo de la Sociedad de Fomento.-
Artículo 4°.- Esta donación se hace con cargo de: a) Que la citada parcela se destine a la construcción de la sede donde funcionará la Sociedad de Fomento. b) Que la construcción del edificio se inicie dentro de los doce (12) meses, a partir de la firma de la escritura traslativa de dominio. Este plazo nunca deberá ser mayor a los treinta y seis (36) meses a partir de la firma de la escritura traslativa de dominio, caso contrario quedará sin efecto la donación.-
Artículo 5°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese