ORDENANZA Nº7343/13
Articulo 1º.- Colóquese un cartel “PROHIBIDO ARROJAR BASURA Ordenanza N°5650/03” en la intersección de la senda peatonal (que comunica la Avenida 40 y calle 11 con el Barrio Esperanza) y las vías del ex Ferrocarril Belgrano.
Artículo 2°.– Impútense los gastos que genere la aplicación de la presente a las partidas presupuestarias que correspondan.-
Artículo 3°.– Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.