MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA 7206/2012
ORDENANZA Nº7215/13
Artículo 1º.- INCLUYASE en la Ordenanza 7206/12 de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2013 en el inciso a) “BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD” del Anexo I del artículo 7° un primer párrafo que dirá “Serápercibida por todos los agentes municipales de planta permanente (categoría 1 a 16), los jornalizados (categoría 32 y 35), fijándose en el UNO PORCIENTO (1%) por cada año de servicio que cumpla a partir del 01/01/2012. No se afectaran los derechos adquiridos hasta el 31/12/1995”.-
Artículo 2°.- INCLUYASE en la Ordenanza 7206/12 de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2013 el inciso p) Anexo I del artículo 7° en que quedará redactado de la siguiente forma: “Inciso p) “SALARIO GARANTIZADO CONSOLIDADO” El salario garantizado consolidado consiste en una suma de dinero remunerativa que se liquidará a cada agente conforme el porcentaje de su salario, que en concepto de antigüedad estuviera percibiendo al 31/12/2011, el que se incrementará en un dos por ciento (2%) anual al cumplirse cada aniversario del ingreso del Agente al Estado Municipal.
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.