ORDENANZA Nº 7015/2011
Artículo 1º Dónase al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – INTA, un lote de terreno, reserva fiscal, ubicado en la esquina de las calles 36 y 3, Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección A, Manzana 55c, Parcela 28, según plano aprobado por Geodesia característica 71-35-90, destinado a la construcción de la sede donde funcionará la Agencia de Extensión Rural INTA de Mercedes (Bs. As.).-
Artículo 2º El Departamento Ejecutivo gestionará ante las autoridades del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – INTA la pronta aceptación de la donación y queda autorizado para suscribir la correspondiente escritura.-
Artículo 3º Los gastos que demande la escrituración serán a cargo del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – INTA.-
Artículo 4º.- Esta donación se hace con cargo de: a) Que la citada parcela se destine a la construcción de la sede donde funcionará la Agencia de Extensión rural INTA Mercedes (Bs. As.); b) Que la construcción del edificio se inicie dentro de los doce (12) meses, a partir de la firma de la escritura translativa de dominio. Este plazo, nunca deberá ser mayor a los treinta y seis (36) meses y un final de obra de cuarenta y ocho (48) meses ambos casos a partir de la promulgación de la presente, caso contrario quedará sin efecto la donación.-
Artículo 5º.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.