6853/2010

ORDENANZA Nº 6853/2010

ARTÍCULO 1°.- Declárase de Utilidad Pública la Obra: Ampliación de la red cloacal en 30 entre 109 y 107 (parcial): 28 entre 109 y 107 (parcial); calle 109 entre 28 y 30 bis y empalme a red existente de calle 30 bis, con cámaras de registros en esquinas y conexiones domiciliarias.-

ARTÍCULO 2°.- Adoptase la modalidad de ejecución que dicta la Ordenanza General N°165/73, Sección III, Capitulo I, artículo 9, inciso b), contrato entre vecinos y empresa.-

ARTICULO 3°.- Los propietarios del loteo se harán cargo de todos los gastos que resulte de la ejecución de la obra, y deberán abonar al Municipio el derecho administrativo cloacal que se refiere la Ordenanza Impositiva vigente, antes del comienzo de la misma.-

ARTICULO 4°.- Dicha obra será ejecutada bajo el marco legal descripto en el Contrato Individual obrante en fs. 2 y 3 del Exp. N°338/2010.-

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto general, cumplido, archívese.-