6832/2010

ORDENANZA Nº 6832/2010

ARTÍCULO 1°.- Dispónese la exención del pago de la Segunda y Tercera cuota de la Tasa por “Inspección de Seguridad e Higiene” a las explotaciones comerciales que desarrollan su actividad en avenida 2, de calles 21 a 31 inclusive, y en avenida 29, de 2 a 4 inclusive, que se detallan en el Anexo I, con motivo de los perjuicios económicos sufridos por su propietarios a raíz del corte de calles que fue necesario efectuar a causa de la ejecución de la obra pública “refuncionalización de la Terminal de Ómnibus”.

ARTÍCULO 2°.- Para tener derecho al beneficio, los contribuyentes alcanzados deberán hallarse al día de la tasa referida.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto general, cumplido, archívese.-