ORDENANZA Nº 6816/2010
ARTÍCULO 1°.- Créase la Mención Honorífica de Persona Destacada del Partido de Mercedes, la cual se otorgará a ex convecinos fallecidos que por sus méritos, ejemplaridad y servicios a la comunidad hayan trabajado por el bien común.
ARTÍCULO 2°.- Toda solicitud o propuesta corresponderá su análisis y determinación al H. Concejo Deliberante quien dispondrá, el modo idóneo y características para su concreción.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto general, cumplido, archívese.-