6798/2010

ORDENANZA Nº 6798/2010

ARTÍCULO 1°.-  Ejecútese la marcación de cruces peatonales que deban atravesar encrucijadas con avenidas.-

ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo efectuará cronograma de obras de marcación, informando a este Cuerpo, como así también el avance de las tareas.

ARTICULO 3°.-  Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputarán a la Partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto general, cumplido, archívese.-