ORDENANZA Nº 6798/2010
ARTÍCULO 1°.- Ejecútese la marcación de cruces peatonales que deban atravesar encrucijadas con avenidas.-
ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo efectuará cronograma de obras de marcación, informando a este Cuerpo, como así también el avance de las tareas.
ARTICULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputarán a la Partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto general, cumplido, archívese.-