6582/2008

ORDENANZA Nº 6582/08

ARTICULO 1°.-  Conforme las disposiciones del decreto 40/07 (Articulo 38  incisos a y b) instalase reductor de velocidad en calle  10 entre 5 y 7.-

ARTICULO 2°.- Conforme la ley de Transito en vigencia se colocaran las señalizaciones indicativas de “Advertencia” previo al ingreso a la zona en la que se instalara el reductor de velocidad, como así también la señalización correspondientes a estos.- 

ARTICULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente se imputarán a la  jurisdicción 1110105000 – Categoría programática 51.00.00- Obras Públicas y Privadas – 51.76.00 – pavimentación – Repavimentación – Cordón Cuneta.-

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General y, cumplido, archívese.-