ORDENANZA Nº 6526/08
Artículo 1°.- Créase el Programa de digitalización de la documentación histórica de Mercedes, el cual se designará con el nombre de “Mercedes Digital”.
Artículo 2°.- El programa tendrá por objetivo la reproducción de los documentos históricos de mayor relevancia testimonial a fin de lograr la perdurabilidad de sus contenidos por medio de copias en soportes digitales, facilitando asimismo el acceso a su conocimiento por parte de particulares interesados y su difusión a la población en general.
Artículo 3°.- Serán funciones del programa:
- Establecer un listado de documentos gráficos ordenados en base a una escala de prioridades, cuya reproducción en soporte digital sea recomendable.
- Determinar la documentación a digitalizar.
- Conformar una base de datos centralizada.
- Facilitar el acceso a las copias de documentos digitalizados a los investigadores y al público en general.
- Reproducir la información por los distintos medios y en especial generar un sitio en internet para su consulta permanente.
- Procurar la informatización de fuentes originales que puedan brindar documentación, tales como; Registro Civil, Registros Parroquiales, HCD, Diarios y Periódicos, archivos particulares y todas aquellas personas o instituciones con las que se puedan establecer convenios al respecto.
- Incorporar al Archivo del Museo Histórico Municipal Víctor Miguez copias del material que se determine de relevancia.
- Se efectuará una campaña destinada a incorporar material al archivo.
ARTICULO 4°.- Autorízase a la Dirección de Cultura a llamar a concurso para la conformación de una comisión la cual será con integrantes “Ad-Honorem”.-
ARTICULO 5°.- Facultase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente en todo lo necesario para su implementación, la cual no podrá exceder en su inicio un plazo mayor de noventa días desde la promulgación del la presente.
ARTICULO 6°.- Los gastos emergentes de la presente serán imputados a la siguiente categoría programática 1110102000 –25 .07.00 – Mercedes Digital.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General y, cumplido, archívese.