6524/2008

MODIFICA ORDENANZA 2474/78

ORDENANZA Nº 6524/08

ARTICULO 1°.- Disponese reformar el inciso “B” del artículo 11 de la Ordenanza 2454/78 el que quedara redactado de la siguiente manera:

                            “cuando los titulares y/o choferes de cada licencia, sufran mas de cuatro (4) infracciones en el termino de un año, a la presente ordenanza”.-

ARTICULO 2°.-Dispongase que todos los titulares y choferes de taxis, deberán presentar comprobantes del certificado de aptitud Psicológica, el cual podrá ser expedido por el Hospital Publico o Centros de salud Privada.-

ARTICULO 3°.- Derogase toda otra ordenanza que se oponga a la presente.-

ARTICULO 4°.-La presente ordenanza tendrá vigencia al día siguiente de su publicación.-

 ARTICULO 5º.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General y, cumplido, archívese.