ORDENANZA Nº 6506/08
ARTICULO 1º.- Dispónese que el Departamento Ejecutivo elabore un listado de taxis y remises que se encuentren habilitados para el desarrollo de tal actividad.-
ARTICULO 2º.- El listado deberá consignar:
Taxis
- Número de licencia
- Marca y color del vehículo correspondiente a cada licencia.
- Titular de la licencia con sus datos personales (Nombre, Apellido y DNI)
- Chofer/es habilitado/s para la conducción de ese vehículo (datos personales)
- Parada o lugar al que se encuentra asignado el mismo.
Remises
- Agencias habilitadas
- Cantidad y detalle de vehículos habilitados.
- Choferes habilitados por cada una de las paradas con sus datos personales.
ARTICULO 3°.- Dicho listado deberá actualizarse cuando las condiciones así lo exijan, deberán consignarse aquellas licencias o vehículos, que por no haber completado la documentación requerida, se encuentren transitoriamente imposibilitados de circular.
ARTICULO 4°.- El listado deberá estar a disposición de los usuarios tanto sea por publicaciones efectuadas en medios locales, o bien en algún portal de internet de la propia comuna o del modo que el Departamento Ejecutivo considere conveniente.
ARTICULO 5°- La Comuna deberá modificar de inmediato todo cambio (alta o baja) que se produzca en este servicio, por la misma vía consignada en el artículo precedente.-
ARTICULO 6°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto general, cumplido, archívese.-