ORDENANZA N°6473/07
ARTÍCULO 1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá a través del área que corresponda proceder a ejecutar la colocación de carteles indicadores con la leyenda “Despacio Escuela”, “Velocidad Máxima 20 km/h”, “Prohibido Estacionar en Horario Escolar”, en Jardines de Infantes, Escuelas y Colegios, de nuestra ciudad que no cuenten con los mismos o reponer los que se hallen deteriorados.
ARTÍCULO 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.-