6430/2007

ORDENANZA N°6430/07

ARTÍCULO 1°.- Dispónese la Suspensión por el plazo de 180 (ciento ochenta) días, prorrogables por 180 (ciento ochenta) días más, el inicio y otorgamiento de nuevas habilitaciones para la instalación de locales comerciales, en el distrito denominado “Zona Pueblo de Tomás Jofre” y “Complementario 2 de Tomás Jofre”.-

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo al otorgamiento de habilitación provisoria a los establecimientos comerciales, de la localidad de Tomás Jofré que se encontraban funcionando y tenían iniciado el trámite de habilitación al momento de la entrada en vigencia de la Ordenanza 6193/06. Los mismos, previo a su habilitación definitiva, deberán adecuar sus instalaciones y/o servicios según las Ordenanzas que se dicten en el plazo establecido en el artículo 1°.-

ARTÍCULO 3°.- La presente Ordenanza estará en vigencia en primer día hábil de su publicación.-

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General,  cumplido archívese.