6428/2007

ORDENANZA N°6428/07

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a “Taxi Mitre S.R.L.” la colocación en Av. 29 e/ 22 y 20 de esta ciudad una garita desmontable, la que se deberá contar con instalación sanitaria, por el plazo de seis (6) meses, contados desde la publicación de la presente. Vencido el mismo deberá ser retirada de la vía pública, bajo apercibimiento de hacerlo el Municipio a su cargo, sin necesidad de intimación previa.

ARTÍCULO 2°.- La garita mencionada en el art. 1° no podrá tener una superficie superior a los cuatro (4) m2 y deberá dejar un espacio libre para la circulación peatonal de no menos de 1,50 metros y estar retirada del cordón de la vereda, tomando desde su interior, de no menos de 0,50 metros.

ARTÍCULO 3°.- La instalación estará sujeta a la autorización del frentista por el plazo referido en el Art. 1°.-

ARTÍCULO 4°.- Oblígase a la empresa “Taxi Mitre S.R.L.” a la contratación de un seguro de responsabilidad civil.-

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General,  cumplido archívese.-